INICIO FOROS ÍNDICES DIVISAS MATERIAS PRIMAS CALENDARIO ECONÓMICO

Autor Tema: Las deudas de banca y promotores en las fincas llegarán a 1.900 millones en 2013  (Leído 168 veces)

Eguzki

  • Socio Foxinver
  • Excelente participación
  • ***
  • Mensajes: 26.157
  • Karma: +0/-1
Malas perspectivas para 2013. La crisis no cede y las comunidades de vecinos la acusan por la subida de los gastos a pagar en la primera y en la segunda vivienda. Los ayuntamientos y las empresas de suministros aumentan las facturas de los gastos.

Y los impagos arrecian. Según una encuesta realizada entre más de 800 administradores de fincas que administran 43.000 comunidades en toda España, las deudas alcanzaron los 1.551 millones de euros en 2012. Y este año pueden llegar a los 1.900 millones de euros.

Estos datos se han puesto de manifiesto en la presentación del II Informe nacional sobre la morosidad en las comunidades de vecinos, del Observatorio de las Comunidades de Propietarios, del grupo editorial Francis Lefebvre. Esta plataforma analiza y realiza propuestas como la formulada por Salvador Dí­ez, presidente del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAF), que, ante la morosidad de las entidades financieras, solicita reformas legales. Destacan dos. La primera, que la comunidad pueda solicitar que se considere críédito preferente el pago de la deuda no solo del último año y de la anualidad corriente, como marca la Ley de Propiedad Horizontal (artí­culo 9.1. E), sino de hasta cinco años naturales inmediatamente anteriores, algo necesario por la dilación en los procesos de ejecución hipotecaria.

Aparte de que la redacción de la Ley de Propiedad Horizontal ha dado lugar a que algunos nuevos propietarios esperen a escriturar en el mes de enero, para afrontar el pago de 13 meses solo, lo que ahora se solicita a los ministros de Justicia y de Fomento, a los grupos parlamentarios y al Defensor del Pueblo es que el nuevo propietario responda a lo adeudado durante cinco anualidades.

La segunda de las peticiones enviadas esta semana es que se modifique la Ley Concursal (artí­culo 90.1) y se incorporen como críéditos con privilegio especial de cobro las deudas contraí­das por impago de las cuotas para afrontar los gastos generales de la comunidad.

“Las comunidades, ante la banca, o los promotores que entran en liquidación y dejan deudas impagadas se enfrentan a un retraso en el cobro de varios años más quitas importantes por la Ley Concursal, y durante ese tiempo, la aportación del resto de los propietarios está sirviendo para que el inmueble estíé en condiciones de tener un aprovechamiento del que se beneficiaran los demás acreedores”. El Consejo contabiliza que las deudas de las entidades financieras ascendieron a unos 250 millones, y las de promotores rondan los 600 millones de euros.

En la presentación del Informe tambiíén se alertó de que la subida de las tasas judiciales “supone una nueva carga impositiva para reclamaciones a partir de 2.000 euros, lo que hará que la junta de propietarios renuncie a reclamar deudas que son difí­cilmente asumibles por una comunidad de propietarios en la que haya un alto í­ndice de impagados”, según explicó Manuel Gambin, consejero del Observatorio.

Dí­ez ha solicitado a la Agencia Tributaria que las comunidades de propietarios sean consideradas como consumidores finales, al no poseer personalidad jurí­dica propia, con lo que no les serí­a de aplicación la subida de las tasas judiciales. Tal interpretación ya se vení­a haciendo con la legislación anterior.

Pero a veces no se logra atajar la morosidad, no por falta de respaldo legislativo, sino por falta de recursos económicos de la comunidad o de profesionalidad a la hora de reclamarla: defectos formales, como notificaciones o certificaciones deficientes y documentación incompleta