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Foro de Bolsa => Foro de Bolsa => Mensaje iniciado por: amar35 en Noviembre 15, 2008, 08:07:22 pm
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¿Sabeis como en una cuenta que tiene dos titulares se puede cancelar uno sin consentimiento del otro,ya que se fuíé a otro pais sin haberlo hecho?
Gracias.
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normalmente sí, salvo que sea de firma conjunta, cosa muy poco frecuente y que hay que solicitar expresamente en el momento de abrirla. Si es indistinta(lo suele ser por defecto) puede cancelarla cualquiera de los dos titulares.
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Es indistinta y en cajasur.Pero le dijeron que no podía.
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Es indistinta y en cajasur.Pero le dijeron que no podía.
Obligatoriamente se necesita la firma de los dos. Me ha pasado a mí hace menos de un mes.
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Obligatoriamente se necesita la firma de los dos. Me ha pasado a mí hace menos de un mes.
¿Y al final como lo arreglaste Pep?
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¿Y al final como lo arreglaste Pep?
A no ser que tengas muy buen rollo con el empleado o encuentres ha algun novato un poco en la parra no te van a dejar, legalment no se puede.
Lo que tienes que hacer es dejar la cuenta a cero y en cuanto este una temporada a cero o en descubierto por los gastos de mantenimento te la cancelara la caja de oficio.
saludos
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A no ser que tengas muy buen rollo con el empleado o encuentres ha algun novato un poco en la parra no te van a dejar, legalment no se puede.
Lo que tienes que hacer es dejar la cuenta a cero y en cuanto este una temporada a cero o en descubierto por los gastos de mantenimento te la cancelara la caja de oficio.
saludos
Gracias eso es lo que se tendrá que hacer.un saludo :023:
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A no ser que tengas muy buen rollo con el empleado o encuentres ha algun novato un poco en la parra no te van a dejar, legalment no se puede.
Lo que tienes que hacer es dejar la cuenta a cero y en cuanto este una temporada a cero o en descubierto por los gastos de mantenimento te la cancelara la caja de oficio.
saludos
Creo que cuando dejas una cuenta a cero no te pueden cargar gastos.
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Creo que cuando dejas una cuenta a cero no te pueden cargar gastos.
Si es de disponibilidad indistinta, si puedes cancelarla. Lo único que te piden, es que firmes que el otro titular, no ha fallecido (por lo de la existencia de otros posibles herederos).
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¿Y al final como lo arreglaste Pep?
Pues con la firma de los dos. No hay otra alternativa, o por lo menos a mí no me dieron otra alternativa. Un saludo.
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Creo que cuando dejas una cuenta a cero no te pueden cargar gastos.
Pues claro que te cargan gastos. No lo dudes, otra cosa es que te los reclamen.
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Si la firma es indistinta la puede cancelar cualquiera de los titulares. Otra cosa es que algunas entidades esten solicitando la firma de todos los titulares pero por su normativa interna, ya sea por seguridad o por tocar las narices.
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Me cago en la leche, pues parece que no tengo razón. El Banco de España dice lo siguiente:
Cuando nos encontramos ante una cuenta corriente o de ahorro, de duración indefinida, abierta a nombre de varias personas, se necesita para su cancelación la concurrencia del consentimiento de todos aquellos que lo hubieran prestado para su apertura, con independencia del ríégimen de disposición de la cuenta y de la posibilidad de que siendo solidario o indistinto, cualquiera de los titulares pudiese hacer una disposición por el saldo total de la cuenta. Esto es así, ya que la disposición total del saldo no lleva implícita la cancelación, pues podrá continuar en vigor una cuenta aunque en algún momento no presente saldo positivo.
http://www.bde.es/servicio/reclama/criterios/dep_canc.htm (http://www.bde.es/servicio/reclama/criterios/dep_canc.htm)