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UNEF denuncia el "impuesto al sol" ante la Defensora del Pueblo.
La Unión Española Fotovoltaica ha remitido a la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, una carta en la que denuncia que la propuesta de Real Decreto sobre el autoconsumo formulada por el Gobierno vulnera cinco principios de la Constitución y dos Directivas Europeas. UNEF le solicita que abra diligencias para evitar el desarrollo de esta normativa.
UNEF denuncia el "impuesto al sol" ante la Defensora del Pueblo.
Ante la próxima tramitación por el Gobierno del Real Decreto que va a regular el autoconsumo, en desarrollo del artículo 9 de la Ley 24/2013, UNEF solicita a la Defensora del Pueblo que acuerde la apertura de las diligencias precisas para evitar el desarrollo de una normativa "discriminatoria e injusta" que, al imponer el peaje de respaldo o “impuesto al sol, impide el desarrollo de esta tecnología, haciendo económicamente inviable el autoconsumo y vulnera los derechos adquiridos por los consumidores que ya tenían alguna instalación de autoconsumo".
UNEF denuncia que la norma, en los tíérminos planteados, es “claramente contraria al Derecho†y advierte a la Soledad Becerril "del daño que se produciría a la libertad de actuación del conjunto de ciudadanos dispuestos a ejercer una mayor responsabilidad respecto a sus consumos energíéticos, a la libertad de empresa, a la discriminación por razón de tecnologías y, en definitiva, del deterioro de la posición estratíégica de España respecto a nuestra dependencia energíética exterior".
La asociación solar afirma que el artículo 9 de la Ley 24/2013, referido al autoconsumo de energía elíéctrica, es contrario a la Constitución y a las Directivas 2009/72/CE, de 13 de julio, del mercado interior de la electricidad y 2009/28/CE, de 23 de abril, de fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables. Tambiíén denuncia que más de dos años despuíés de vencer el plazo fijado por el Real Decreto 1699/2011, todavía no ha tenido lugar la aprobación de la normativa que regula el consumo de energía elíéctrica producida en el interior de la red de un consumidor para su propio consumo, con el consecuente efecto “Damocles†y de paralización del sector.
Principios vulnerados
UNEF expone ante la Defensora del Pueblo que el artículo 9 de la Ley, apartado 3, de forma discriminatoria obliga al autoconsumidor a contribuir de forma extraordinaria (a travíés del Peaje de Respaldo) a sufragar los costes del sistema por la energía elíéctrica que se produce y consume instantáneamente, sin que la electricidad salga en ningún momento del perímetro de la propiedad de consumidor y, sobre todo, sin utilizar las redes de transporte y de distribución.
La asociación considera que se trata de una norma injusta, ya que para el sistema elíéctrico el autoconsumo instantáneo tiene el mismo impacto que, por ejemplo, la sustitución de un electrodomíéstico por otro más eficiente para la reducción del consumo. Y, sin embargo, a los clientes que compran electrodomíésticos más eficientes no se les obliga a contribuir por la energía de menos que consumen.
La norma, añade UNEF, vulnera tambiíén los artículos 31.3 y 33.3 de la Constitución ya que con el nuevo Peaje de Respaldo no se respeta la garantía material de toda prestación patrimonial pública que exige dicha equivalencia (es decir, una prestación, que debe ser de solicitud o recepción obligatoria, a cambio del peaje que se impone) y supone por ello una autíéntica expropiación para el autoconsumidor sin preverse una indemnización como equivalente.
En los tíérminos planteados, la ley incumple, asimismo, el principio de igualdad en la creación de Derecho del artículo 14 de la Constitución, al establecer la no sujeción al Peaje de Respaldo de determinadas instalaciones de cogeneración, mientras que se mantiene para las fotovoltaicas.
Inclumple, además, el principio de libertad de empresa reconocido en el artículo 38 de la Constitución, así como en la propia Ley 24/2013, artículo 2.1, por el que “se reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía elíéctricaâ€.
Respecto a la normativa comunitaria, UNEF señala que la Ley 24/2013 es contraria a la Directiva 2009/72/CE, de 13 de julio, del mercado interior de la electricidad que establece que los peajes deben aplicarse de forma no discriminatoria y tomar en consideración los costes marginales de la red evitados a largo, como lo son por ejemplo las píérdidas que con el autoconsumo se evitan o la mejor eficiencia en la gestión de congestiones en la red. Tambiíén vulnera la Directiva 2009/28/CE, de 23 de abril, de fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.