http://www.laweblegal.com/blog/herencias-digitales-gestionarlas/Herencias digitales: qué son y cómo gestionarlas
¿Qué son las herencias digitales? Si esta pregunta se hubiese realizado hace tan sólo unos pocos años dicha expresión nos hubiese parecido absolutamente extraña y carente de sentido, pues no existía el concepto de “herencia digital”.
En la actualidad, en pleno siglo XXI y rodeados de un mundo digital, las herencias digitales ya no es que cada vez cobren más sentido y relevancia, sino que también adquieren cada vez más potencia e importancia y, por ello, es importante hablar de las mismas y del modo de gestionarlas.
Antaño estábamos acostumbrados a que la herencia personal de una persona que fallecía se basase en sus enseres y en sus bienes en propiedad. La casa, el coche y, en general, las posesiones físicas formaban parte del caudal hereditario de esa persona hacia sus herederos, pero en la actualidad ya no sólo es así.
En la actualidad, existen elementos que podemos denominar intangibles, no físicos, que forman parte de nuestro legado digital pero que, en realidad, para muchas personas pueden ser tan o más importantes que el legado físico.
herencias digitales
Por herencia digital podemos entender que incluye todos aquellos bienes y todos aquellos elementos digitales que en vida eran propiedad, o tenía derecho de uso, la persona fallecida. Dentro de la herencia digital se encuentran, por ejemplo, todas las fotografías que en formato digital almacenase la persona, sus cuentas a las redes sociales, todo el material asociado, todos los archivos almacenados en la nube, etc.
Definir exactamente el alcance de la herencia digital será una tarea personal e individual de cada persona, como en realidad ya era, y es, una tarea individual de cada persona el seguir estableciendo el alcance y la realidad concreta de su herencia convencional.
Ahora bien, más allá de aquello que quede como herencia digital, es importante el saber cómo actuar en relación con la herencia digital. Y para saber cómo actuar deben tenerse claros tres puntos: una cosa son las voluntades establecidas por el testador en base a su legado digital, otra cosa son los mecanismos que establecen determinados proveedores de servicios digitales para acceder al legado, y otro punto es el debate intenso que aún existe con determinados elementos cuando muere quien los adquirió.
En el primero de los puntos, es importante que el testador, igual que hace con su testamento físico, marque, establezca, detalle y explique qué quiere hacer con su legado digital y quien quiere que lo administre.
En el segundo de los puntos, cada vez más son las redes sociales y otras empresas de Internet que están poniendo los medios y los mecanismos concretos para que, una vez fallezca la persona, sus herederos puedan iniciar el proceso de acceso a la cuenta y recuperar el legado de la persona difunta.
En el tercero de los puntos, la controversia aún no ha finalizado y habrá que ver cómo evoluciona en los próximos años, por ejemplo ¿qué sucede con los derechos de un libro digital comprado por el fallecido? ¿Compró el libro o su derecho a leerlo? Al fallecer, ¿finaliza el derecho sobre el libro o puede legarse?