Jarro de agua fría para el Gobierno. De forma inmediata, Industria debe elaborar una nueva orden de peajes elíéctricos con efectos del 1 de enero que incluya, al menos, costes superiores a 900 millones que no recogió la orden ahora en vigor. Así lo establece el Supremo en las cautelares que ha otorgado a Endesa e Iberdrola.
Es la tercera vez en menos de dos años que el Tribunal Supremo se pone de parte de las grandes elíéctricas en sus contenciosos contra las revisiones de los peajes de acceso que son insuficientes para cubrir los costes que establece la ley. Y es la segunda, en menos de tres meses, que acepta medidas cautelares, en este caso, las solicitadas por Iberdrola y Endesa en sendos recursos que interpusieron contra la orden ministerial de peajes que entró en vigor el 1 de enero y están vigentes en el primer trimestre.
Según el auto del recurso de Endesa al que ha tenido acceso CincoDías y que le fue notificado el 8 de marzo (en el caso de Iberdrola sus cautelares están fechadas el 2 de marzo), el Alto Tribunal estima la petición cautelar contra la subida de unos peajes "artificialmente bajos" que no sufragan todos los costes, como es el caso de los desajustes de las actividades reguladas que se produjeron en 2011. Estos desajustes se refieren al díéficit de tarifa extra (por encima del que la ley admite cada año) que ha de cobrarse vía tarifa en el siguiente periodo, esto es, en el primer trimestre de este año. Solo esta partida asciende a 904 millones de euros, esencialmente por el desajuste en los incentivos a las extrapeninsulares.
Además, el Supremo está de acuerdo con las elíéctricas en que, debido a esta situación, el díéficit ex ante de 1.500 millones que la norma fija para este año se va a superar con creces (hasta el propio ministerio lo reconocía en la memoria que acompaña a la orden ministerial). Por tanto, debería haberse pagado en la proporción adecuada en los peajes del primer trimestre.
Hasta que se pronuncie sobre el fondo de la cuestión, el Alto Tribunal exige que, de forma inmediata, el Ministerio de Industria aumente los peajes de acceso (incluyendo, como mínimo, los citados 904 millones) para cubrir los costes y el díéficit legalmente autorizado con efectos del 1 de enero. Frente a las cautelares que aprobó en diciembre para la tarifa del último trimestre del año pasado, que obligaba a aplicar la tarifa del periodo anterior, en este caso, se trata de una medida cautelar negativa, que obliga a la Administración, previo informe de la Comisión Nacional de la Energía (CNE), a aprobar una nueva orden ministerial que se respeten los límites legales del díéficit.
Subida sobre subida
La decisión del Supremo supone un jarro de agua fría para el departamento que dirige Josíé Manuel Soria, enfrascado en la revisión de las tarifas del segundo trimestre, que entran en vigor el 1 de abril. Esta revisión, en la que el ministro no ha descartado "subidas", forma parte de la reforma contra el díéficit que se anunciará en abril o mayo.
Por el momento, el ministerio debe aprobar una nueva orden para reliquidar a los 29 millones de consumidores las cantidades solicitadas por las empresas y admitidas por el Supremo.
El tribunal reprocha la persistencia de Industria
El auto del Supremo que admite las cautelares solicitadas por Endesa e Iberdrola contra la orden de tarifas de enero, rezuma un cierto cansancio del tribunal por la "persistencia" del Ministerio de Industria en condicionar la revisión de los peajes (parte regulada de la tarifa) al resultado de las subastas Cesur (donde se fija el precio de la energía) para lograr una congelación de la factura final. Estas "decisiones compensatorias, insistimos, no tienen cabida en la actual regulación del sector", indica el auto.
Las elíéctricas recurrieron la bajada de los peajes de julio de 2010 y, aunque en aquella ocasión no lograron cautelares, ganaron el recurso. Aunque no se aplicó la sentencia (el Gobierno había corregido ya las bajadas), la historia se repitió en el último trimestre de 2011. En esa ocasión se dictó una cautelar positiva, que obligó a refacturar a los clientes la última semana del año. Las nuevas cautelares, ya no por bajada de peajes, sino por no recoger adecuadamente los costes, obliga a publicar una nueva orden.
El Supremo insiste en sus advertencias de siempre, que se resumen en que el Gobierno está obligado a revisar los peajes con "los criterios objetivos" que fija la ley, "como reiteradamente hemos manifestado", y que "no son opcionales". En otras palabras, que mientras el Gobierno no cambie el actual marco legislativo, no puede jugar con los peajes para congelar la tarifa.
'Electroagobio'
El Gobierno se enfrenta a dos revisiones tarifarias: una con carácter retroactivo desde enero y la preceptiva del segundo trimestre. En ambos casos debe publicar sendas órdenes, previo informe de la CNE, aunque tambiíén podría ser una sola, en la que se incluya asimismo las exigencias del Supremo.