Dinero llovido del cielo. La entidad financiera BNP Paribas tendrá que abonar más de 25 millones de dólares (unos 19 millones de euros) al grupo tecnológico Ezentis, despuíés de que la justicia peruana haya fallado a favor de la firma española en un litigio que llevaba abierto más de una díécada. Según la sentencia del Juzgado Comercial de Lima número 17, a la que ha tenido acceso El Confidencial, el banco galo tendrá que asumir tambiíén “los intereses y comisiones devengadas†durante los años en que se ha prolongado el contencioso, lo que elevará de forma considerable el montante a satisfacer.
El conflicto arranca a finales de 2001, cuando ambas compañías llegan a un acuerdo para desarrollar una operación de factoring. BNP Paribas Andes concedió financiación a la entonces Avanzit por valor de 25 millones de dólares, garantizados por un depósito del mismo importe. A cambio, recibía una cartera de críéditos para su cobro. Al ser declarada la sociedad española en suspensión de pagos poco despuíés, el banco “declaró resuelta anticipadamente la operación†y “resolvió y liquidó el depósito en garantía, abonando su saldo en la cuenta corriente de la operación, practicando despuíés un cargo en dicha cuenta corriente por el importe de la financiaciónâ€, explica la sentencia.
Sin embargo, y según la justicia peruana, el críédito no era exigible porque cuando se ejecutó ya había entrado en vigor la suspensión de pagos y, en este contexto, prima la defensa del interíés de los acreedores de Avanzit. Por ello, se declara la “invalidez e ineficacia†del cargo efectuado en su día por la entidad financiera gala y “se ordena a BNP Paribas-Andes S.A. que entregue la suma de 25.487.062 dólares ya referida, importe que corresponde al saldo a favor de Avanzit de la cuenta corriente mencionada (…), debiendo ingresar el monto materia de devolución al proceso de suspensión de pagos que se tramita en España; con costas y costosâ€.
Fuentes próximas a Ezentis explican que la compañía buscó un acercamiento al banco francíés que en España preside Ramiro Mato tras la llegada a la presidencia de Manuel García-Durán, en septiembre de 2011. La pretensión de la compañía española pasaba por aparcar el proceso judicial a cambio de un críédito de seis millones de euros que le permitieran salir al paso de sus estrecheces financieras. La entente no llegó a buen puerto. Según los datos remitidos por la firma a la CNMV, Ezentis cerró el ejercicio en cuestión con unas píérdidas de 40,38 millones, despuíés de haber disparado su saldo negativo hasta los 135,32 millones en 2010. Su deuda superaba los 41,5 millones.
Cuestión de fechas
Las fechas tambiíén importan. Según consta en la sentencia, BNP llevó a cabo la liquidación del importe el 30 de septiembre de 2002. Para el juzgado de Lima, el momento clave para determinar si el críédito es o no exigible se produce cuando Avanzit presentó la solicitud de concurso y no cuando el juez lo decretó formalmente. Y ese día es el 20 de mayo de 2002. “Debe entenderse que tal providencia [la declaración de concurso formal] tiene efecto retroactivo, porque de lo contrario, cabe insistir, se arribaría a una interpretación de resulta nociva para los acreedoresâ€. E insiste en que “en ninguna parte de la Ley de Suspensión de Pagos se niega que la providencia aludida tenga eficacia retroactiva, lo que facilita adoptar la interpretación más favorable para una adecuada protección del patrimonio del deudor a favor de los acreedoresâ€.
La argumentación de BNP se basaba en que el concurso de Avanzit no había sido nunca ejecutado en Perú y que, “aunque lo hubiera sido, no produciría respecto de la compensación los efectos anulatorios buscadosâ€. Tambiíén acusa a la española de haber pretendido “desconocer las normas peruanas aplicables al caso, fundamentalmente las del derecho internacional privado referidas a aplicación o eficacia en el Perú de concursos declarados en el extranjeroâ€. La entidad financiera gala tiene la posibilidad de recurrir la decisión, si bien fuentes oficiales del banco en España prefirieron no hacer comentario alguno sobre la sentencia.
No es el primer asalto en este contencioso, llevado a diferentes latitudes. Y es que Avanzit ya lo intentó recurriendo a la justicia estadunidense, en tanto una de las cuentas corrientes se había abierto en Nueva York. De hecho y según un hecho relevante remitido por la compañía española a la CNMV en abril de 2008, un juzgado neoyorquino resolvía sobre las “excepcionalidades†planteadas por BNP Paribas y dejaba claro que la compañía española tenía derecho a reclamar los fondos, en tanto amparada por el capítulo 15 de la legislación que regula las bancarrotas en Estados Unidos.