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Autor Tema: Competencia multa a Repsol, Cepsa y BP por fijar precios  (Leído 347 veces)

Orpheo

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Competencia multa a Repsol, Cepsa y BP por fijar precios
« en: Julio 31, 2009, 09:37:44 am »
Efe
Madrid.- La Comisión Nacional de la Competencia ha sancionado a las compañí­as energíéticas Repsol, Cepsa y BP con una multa de 7,9 millones de euros por fijación indirecta del precio de venta al público de sus estaciones de servicio.

En una nota, el organismo regulador de la competencia explica que ha sancionado con cinco millones de euros a Repsol YPF, con 1,8 millones a Cepsa y con 1,1 millones a BP.

Repsol YPF recurrirá la resolución porque es un "error grave" que "vulnera derechos fundamentales" de la compañí­a. Según Repsol, las prácticas de la empresa se realizaron "conforme a las leyes y normas españolas y europeas".

Según la petrolera, el informe "es confuso y no diferencia las conductas de cada una de las tres compañí­as mencionadas", además de ser "contradictorio con informes y decisiones anteriores de las autoridades de competencia nacionales, como el Servicio de Defensa de la Competencia y el Tribunal de Defensa de la Competencia, y europeas".

A juicio de Competencia, las tres compañí­as, en sus relaciones con las estaciones de servicio que operan como empresarios independientes, han llevado a cabo prácticas comerciales que equivalen a fijar indirectamente los precios, una actuación prohibida.

Los precios fueron establecidos a travíés de diversas cláusulas contractuales. En concreto, las tres compañí­as eliminaban los incentivos de las estaciones de servicio para realizar descuentos y, así­, competir en precios, gracias a que los contratos fijaban el precio al que las estaciones de servicio les compraban el combustible y la manera en la que establecí­an las comisiones.

De esta forma cada una de las operadoras estarí­a controlando los precios de venta al público de las estaciones de servicio bajo su bandera, para evitar la competencia en precios entre las estaciones de su red, a lo que se une la fijación directa de precios, que sí­ está permitida, en las estaciones gestionadas por la propia operadora.

Esta fijación indirecta de precios, señala, además de eliminar la competencia entre las estaciones de servicio de cada red, excluye tambiíén la competencia entre estaciones de servicio de redes distintas, puesto que los precios máximos y recomendados comunicados por las tres operadoras (y seguidos por las estaciones de servicio ante la imposibilidad de realizar descuentos) se basan por contrato en los precios del área de influencia.

Para Competencia, el resultado de estas prácticas es que, independientemente de la marca, de la ubicación o del ríégimen económico de explotación de la estación de servicio, todas aplican el mismo precio máximo o recomendado fijado por su operadora.

Por todo ello, les insta a que eliminen toda cláusula contractual y todos los elementos de su relación comercial que supongan esa fijación indirecta de precios, al tiempo que les obliga a abstenerse de llevar a cabo en el futuro las prácticas sancionadas y a publicar la parte dispositiva de la resolución en dos meses.

Precisamente este mismo dí­a Competencia ha anunciado el fin del expediente sancionador que abrió en 2007 a Cepsa por atentar contra la competencia con los contratos suscritos con sus gasolineras arrendatarias, que podrán liberarse de los acuerdos de suministro en exclusiva a cambio de una compensación.



En individuos, la locura es rara; en grupos, partidos, naciones y épocas, es la regla", Nietzsche.