¿Alguna vez rechazó usted un billete por haber estado muy viejito, escrito, roto o manchado? ¿O tal vez en alguna tienda le dijeron: “Su billete no pasa porque tiene muchos sellosâ€? Pues sucede que el tener un billete o moneda nacional en mal estado, que ya nadie le quiera recibir, no significa que haya perdido su dinero, ya que las instituciones del sistema financiero peruano están obligadas a aceptarlos.
El Banco Central de Reserva (BCR) publicó ayer un reglamento que determina que las empresas del sistema financiero están obligadas al canje de billetes y monedas deteriorados.
Así, si un billete tuviera parches o enmendaduras, suciedad excesiva, manchas, escritos o sellos que dificulten verificar su autenticidad, roturas o rasgados de dimensión significativa, una persona podrá solicitar su cambio en las entidades financieras.
Igualmente, si una moneda tuviera cortes o agujeros o estuviera oxidada, manchada o deformada, los bancos tienen la obligación de canjearla.
Pero existen límites. Por ejemplo, una persona no podrá exigir el canje de un billete si a este le falta la mitad o más de la mitad de aquel, si le falta el anverso o reverso o sus dos numeraciones.
Además, la norma del BCR señala que las entidades del sistema financiero están prohibidas de poner en circulación billetes y monedas deteriorados. Y si lo hacen, estarían sujetas a sanción.
“CON SENCILLO, POR FAVORâ€
Si se quedó sin sencillo en su billetera, los cajeros de las ventanillas de los bancos no pueden negarse a cambiarle un billete, pues el reglamento que publicó el BCR tambiíén establece la obligatoriedad de los bancos para el cambio de billetes y monedas, sin costo alguno, hasta ciertos límites.
Así, la obligación de canje, en el caso de monedas, es de un monto máximo de S/.1.000 por persona y por día, salvo que se trate del pago de obligaciones, en cuyo caso dicho límite no es aplicable.
El canje de monedas hasta la suma de S/.3.000 podrá realizarse sin costo en las ventanillas de la Casa Nacional de Moneda y las sucursales autorizadas del BCR. Para montos mayores, será necesario presentar una solicitud en el ente emisor.
De otro lado, la norma señala que las entidades del sistema financiero están obligadas a retener billetes y monedas presuntamente falsos y enviarlos al BCR.
Si la autoridad monetaria finalmente determina la autenticidad de los billetes o monedas presuntamente falsos, se comunicará este resultado a quien se le efectuó la retención, procediendo a poner a su disposición el monto respectivo.
SEPA MíS
Las entidades financieras deben realizar programas de capacitación entre su personal que atiende en ventanilla para cumplir lo dispuesto por el BCR.
Las bancos deben tener billetes y monedas de todas las denominaciones para atender el canje de estos.