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Autor Tema: Las píérdidas por el bitcoin no pueden considerarse estafa  (Leído 69 veces)

Eguzki

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Los afectados por la debacle de la divisa virtual no podrán reclamar en los tribunales alegando que se ha producido un fraude porque es público que la moneda no está amparada por ningún banco central.

Se acumulan las malas noticias para los inversores que han apostado por la divisa virtual bitcoin. Si hace unos dí­as se declaraba en quiebra la plataforma japonesa MtGox, uno de los mayores intermediarios de esta moneda en todo el mundo, esta semana ha sido el turno de Flexcoin, un banco virtual canadiense que ha anunciado el cierre tras alegar que ha sufrido un robo digital de 896 bitcoins, que valora en cerca de 600.000 dólares (437.000 euros). Sin embargo, la cifra exacta es difí­cil de calcular, ya que el bitcoin es una divisa que opera de forma independiente y ajena a los mercados financieros, con un emisor anónimo y cuya cotización no está regulada. Existen páginas web donde se calcula que su valor ronda los 600 dólares, cantidad aproximada que ha tenido en cuenta Flexcoin para tasar el robo. Sin embargo, hay operadores que ayer cifraban el precio de un bitcoin en 123 dólares (89 euros), lo que supone que, en menos de dos meses, esta moneda virtual se ha desplomado cerca de un 90%, ya que llegó a cotizar por encima de los 1.200 dólares (873 euros). Afectados Tanto inversores particulares como empresas han acabado cayendo en el furor que se habí­a desatado por operar con esta divisa digital, hasta el punto de que algunas compañí­as incluso la aceptan como medio de pago por sus productos y servicios. En España, incluso hay bufetes de abogados que permiten a sus clientes pagar con bitcoins. El problema llega ahora con la quiebra de alguno de los intercambiadores que operaban públicamente con esta moneda. Además de la píérdida del 90% del valor, inversores y empresas ven cómo sus bitcoins desaparecen de sus cuentas por supuestos robos en los bancos que atesoraban sus ahorros. "Quien ha invertido en bitcoins lo ha hecho bajo su propio riesgo", explica Raúl Rubio, socio de tecnologí­as de la información de Baker &McKenzie. Este experto asegura que en la Unión Europea el dinero electrónico está regulado, pero en este caso "no cuenta con respaldo, porque no hay ningún emisor», ya que es anónimo". Coincide Jorge Monclús, asociado síénior de DLA Piper, al apuntar que no se puede hablar realmente ni de divisa ni de bancos, ya que los bitcoins operan al margen de los mercados financieros regulados y, por tanto, los intermediarios "no están registrados ni controlados por ningún organismo". ¿Se puede hablar entonces de una gran estafa a escala mundial? Los expertos coinciden a la hora de señalar que no. Rubio indica que, precisamente, el hecho de que los operadores de bitcoins se jactaran públicamente del íéxito de esta divisa gracias a que era independiente hace que ahora prácticamente sea imposible solicitar una compensación por fraude ante un tribunal. Para Monclús, la única ví­a posible es una reclamación contractual entre el operador y el inversor, aunque duda de su íéxito, tanto por la falta de seguridad jurí­dica como por el hecho de que los intermediarios se declaran en quiebra. En busca de un regulador virtual El hecho de que el bitcoin sea una moneda virtual ajena al mercado financiero impide que los afectados puedan reclamar, ya que ningún banco central de ningún paí­s respalda la divisa. Sin embargo, el estallido de la burbuja del bitcoin ha puesto sobre la mesa "el riesgo del intercambio del dinero no regulado", según explica Raúl Rubio, socio de tecnologí­as de la información de Baker & McKenzie. Este experto no cree que esta moneda virtual vaya a desaparecer, pero sí­ augura que los reguladores tomarán medidas para que no se repita una situación similar y controlar este mercado. De hecho, Japón ya ha anunciado que será el primer paí­s en poner coto a este tipo de prácticas. Las monedas complementarias crecen con la crisis económica Frente a las monedas de curso legal como el euro o el dólar, existen otras, conocidas como complementarias, de las que cada vez existen más ejemplos (ahora hay 4.000 en todo el mundo). Este dinero alternativo no pretende reemplazar a ninguna de las monedas nacionales, sino de convertirse en un medio de pago en determinadas zonas y, habitualmente, reactivar el comercio local.

En España, donde existen más de 70 divisas alternativas, el uso de estas monedas no está regulado, como sucede con el euro. Sin embargo, sí­ se permite el intercambio, pero íéste depende exclusivamente de la confianza que se tenga en este dinero complementario. Los expertos no estiman que sea necesario legislar en este sentido, ya que su uso es muy limitado. Sin embargo, creen que los promotores de estas monedas deben fijar de manera clara, en una especie de contrato, los lí­mites, derechos y obligaciones de los que hagan uso de este sistema de pago.