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Autor Tema: Períº: Incentivos para la innovación...  (Leído 139 veces)

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Períº: Incentivos para la innovación...
« en: Marzo 14, 2015, 10:23:25 am »
Por...  Iván Alonso




Los beneficios tributarios pueden incentivar ciertas actividades económicas, pero inevitablemente incentivan, a la vez, el desperdicio de recursos. Tomemos el caso de los beneficios tributarios para la innovación. De concretarse la propuesta del Ministerio de la Producción, las empresas podrán deducir de sus ingresos, para fines del Impuesto a la Renta, el 175% de los gastos que hagan en investigación y desarrollo. Quiere decir que al final del año los impuestos que tengan que pagar se reducirán en proporción a la suma gastada. La reducción de impuestos es una motivación para dedicar más recursos a la creación de nuevos productos, a la búsqueda de más eficientes míétodos de producción; pero tambiíén puede convertirse en un fin en sí­ mismo.

Desde el punto de vista particular de una empresa, la inversión en investigación y desarrollo vale la pena si la rentabilidad esperada —las ganancias que los nuevos productos podrí­an generar o el ahorro de costos que los nuevos míétodos le reporten— es igual o mayor que la rentabilidad que podrí­a obtener con otro tipo de inversiones: la compra de maquinaria, por ejemplo, o la ampliación de su planta. Si estas inversiones le rinden 10%, el empresario estará feliz de gastar 100 soles en inversión y desarrollo, siempre que, como resultado de la innovación, sus ingresos aumenten o sus costos disminuyan en un total de 110. Pero de ahora en adelante, gracias a los beneficios tributarios que el Gobierno está a punto de ofrecerle, podrá gastar 100 soles, sin perder la sonrisa, aunque los frutos de su esfuerzo de investigación y desarrollo sean solamente 89.

¿Quiíén ha bajado la valla? El Gobierno mismo. La deducción del 175% significa que la empresa pagará 21 soles menos de Impuesto a la Renta por cada 100 que gaste en investigación y desarrollo. Actualmente puede deducir el 100% de esos gastos, que es como debe ser. Con la propuesta del Ministerio de la Producción, la empresa podrá deducir un 75% adicional. Su renta imponible baja, entonces, en 75 soles; y sus impuestos, en un monto igual al 28% de esa deducción adicional, o sea, en 21, independientemente de cuál sea el resultado de la supuesta innovación.

El beneficio tributario inducirá a algunas empresas a invertir en proyectos de investigación y desarrollo que no tienen una expectativa real de agregar valor, sino más bien de destruirlo. Pueden dedicar recursos que tienen un valor de 100 a “innovaciones” que aportan solamente 89 porque obtienen indirectamente otros 21 a travíés de una reducción de impuestos. Un mal proyecto termina así­ volviíéndose atractivo.

El argumento tí­pico a favor de los incentivos tributarios es que los beneficios que la innovación brinda a la sociedad son más amplios de los que el empresario privado llega a capturar. O, para decirlo en el lenguaje de los economistas, que la rentabilidad social es mayor que la rentabilidad privada. Eso puede ser cierto en algunos casos e inclusive en la mayorí­a de casos, pero para eso justamente existen las patentes y los demás derechos de propiedad intelectual. Serí­a mejor pensar en cómo definir y proteger mejor esos derechos. Resulta, por lo menos, discutible que una innovación con rentabilidad privada negativa, como las que los incentivos tributarios tienden a fomentar, vaya a tener alguna utilidad real para los contribuyentes que la bancan.


•... “Todo el mundo quiere lo máximo, yo quiero lo mínimo, poder correr todos los días”...
 Pero nunca te saltes tus reglas. Nunca pierdas la disciplina. Nunca dejes ni tus operaciones, ni tu destino, ni las decisiones importantes de tu vida al azar, a la mera casualidad...