¡Hola!. Fíjate bien en esto que pone, habla de ensayos clínicos y medicamentos en investigación, no pone en ningún momento aprobados, Pongo extractos solamente.
Artículo 2. Definiciones.
A los efectos de este real decreto se entenderá por:
1. Uso compasivo de medicamentos en investigación: utilización de un medicamento antes de su autorización en España en pacientes que padecen una enfermedad crónica o gravemente debilitante o que se considera pone en peligro su vida y que no pueden ser tratados satisfactoriamente con un medicamento autorizado. El medicamento de que se trate deberá estar sujeto a una solicitud de autorización de comercialización, o bien deberá estar siendo sometido a ENSAYOS CLíNICOS.
Artículo 7. Acceso al uso compasivo de medicamentos en INVESTIGACIí“N.
1. De acuerdo con los requisitos establecidos en este capítulo, la Agencia podrá autorizar el uso compasivo de medicamentos en INVESTIGACIí“N, cuando se verifiquen los supuestos recogidos en la definición dada a este tíérmino en el artículo 2.1.
''Con carácter previo, el promotor del ensayo clínico (DE NUEVO ENSAYO CLíNICO)o el solicitante de la autorización de comercialización deberán manifestar su disposición a suministrar el medicamento en investigación(INVESTIGACIí“N) para uso compasivo, así como cualquier otra información relevante al respecto.'' (ESTE PíRRAFO NO TIENE DESPERDICIO
2. El acceso al uso de medicamentos en INVESTIGACIí“N podrá efectuarse mediante uno de los siguientes procedimientos:
a) Autorización de acceso individualizado.
b) Autorizaciones temporales de utilización.
Artículo 9. Autorización temporal de utilización de medicamentos en investigación al margen de un ensayo Clínico.(DE NUEVO LO MISMO
1. La Agencia podrá dictar una resolución de autorización temporal de utilización de medicamentos en (INVESTIGACIí“N)al margen de un ensayo clínico, en los casos de medicamentos que estíén en una fase avanzada de la investigación (Y DE NUEVO LO MISMO)clínica encaminada a sustentar una autorización de comercialización, o para los que se haya solicitado la autorización de comercialización, y siempre que se prevea su utilización para un grupo significativo de pacientes.
2. La autorización temporal de utilización incluirá los requisitos y las condiciones en las cuales puede utilizarse el medicamento en investigación (Y DE NUEVO INVESTIGACIí“N) (FUERA DEL MARCO DE ENSAYOS Mí‰DICOS)sin necesidad de solicitar una autorización de acceso individualizado para cada paciente, y se pondrá a disposición de los interesados.
Dado en la Embajada de España en Singapur, el 19 de junio de 2009.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Sanidad y Política Social,
TRINIDAD JIMí‰NEZ GARCíA-HERRERA
Esto podría ser para el ensayo este que hacen en España con la vacuna y los niños, pero el "uso compasivo" es personalizado, para cada paciente, con un consentimiento informado por escrito del paciente que acepta la medicación para ese uso para el cual la medicación no está aprobada (uso comapsivo), no para vacunar contra su voluntad y obligatoriamente a todo el mundo bajo pena de carcel o multa que dice la monja.
De acuerdo que este RD así aprobado y despuíés un estudio de la vacuna en la población infantil y en España, es una gota más en el vaso de la conspiración íésta que deja entrever la benedictina. Pero creo que no es la norma para la que nos previene y pide una acción cívica.
Desde la aprovación de este RD, cuatro o cinco transplantados que atiendo en la botica han pasado por la farmacia del hospital a buscar una medicación que antes le dispensabamos en la farmacia, pero con este RD que regula el uso compasivo, se protege mucho más al paciente, creo yo, muchos de ellos no sabían que la medicación que llevaban para el transplante era incompatible, y nadie se lo había dicho, total, el especialista se la había recetado y tenían un informe para inspección míédica.
Con la aprobación del RD, se les informó a todos, y aunque ninguno dijo que no a la medicación, por lo menos hay un compromiso de seguimiento personalizado de cada uno de ellos.
Ese es el día a día de es RD y el uso compasivo, los ensayos clínicos son menos habituales, aunque ciertos pacientes, son susceptibles de entrar en este tipo de ensayos, pero porque su caso no tiene solución y antes de un fatal desenlace y otra vez con su autorización, se les pide que entren en un ensayo de algun fármaco en fase III.
Poco o nada que ver con lo que dice la doctora Teresa Forcades i Vila, que creo que dice verdades como puños pero este tema ni lo trata, creo yo.
Ahora bien, reconozco que el RD, en la parte que tu señalas deja una puerta por donde se han colado estos sinvergí¼enzas de las vacunas, y gracias a íél han elegido a España para un estudio con niños, me da asco esta gente, pero creo que han manipulado una buena norma, para un uso indebido, o que han burlado el espiritu de la norma.
Aun así no creo que este sea el acuerdo del que habal Teresa Forcades en el video.