Las cajas de ahorro no podrán ser opadas
El ríégimen de las ofertas públicas de adquisición de valores (OPA) no será de aplicación a las cuotas participativas, según recoge la nueva Ley de Cajas, que posibilita la emisión de estos títulos a partir su entrada en vigor mañana, incorporando a sus actuales órganos de gobierno, en su caso, a los nuevos representantes de los cuotapartícipes.
Las cuotas cotizarán necesariamente en los mercados secundarios si se dirigen al público en general, estarán sometidas a la Ley del Mercado de Valores y a sus titulares se les aplicará el ríégimen de control de participaciones significativas en entidades de críédito. Las cajas que hayan emitido cuotas con anterioridad a la reforma de la Lorca, como es el caso de Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), deberán presentar un plan específico ante el Banco de España en el plazo de seis meses para adaptar los títulos emitidos a la actual normativa, para su canje o amortización.